Impuesto Predial en Colombia: Guía para Bogotá y Comparativa con Medellín, Cali y Barranquilla
- Juan Camilo Rodríguez
- 28 mar
- 10 Min. de lectura
Contribuyentes realizando el pago del impuesto predial de forma presencial en Bogotá. El Impuesto Predial Unificado es un tributo anual que grava la propiedad o posesión de bienes inmuebles en Colombia. Su recaudo financia obras y servicios municipales, por lo que es importante conocer cómo pagarlo a tiempo, aprovechar descuentos por pronto pago y entender las consecuencias de la mora. A continuación, se presenta información detallada sobre el impuesto predial en Bogotá (enfoque principal) y una comparación con las otras principales ciudades del país (Medellín, Cali y Barranquilla), incluyendo formas de pago, fechas, descuentos y diferencias relevantes.

¿Cómo pagar el Impuesto Predial en Bogotá?
Opciones de pago en Bogotá: Los contribuyentes en Bogotá cuentan con varias modalidades para pagar el predial, tanto en línea como de forma presencial:
Descarga de la factura sin clave: La Secretaría de Hacienda dispone de un “Botón de Descarga” en su oficina virtual, donde con solo digitar el número de cédula del propietario y el código CHIP del predio se puede obtener la factura del impuesto predial, sin necesidad de registrarse ni ingresar contraseña. Esto facilita imprimir el recibo en casa o guardarlo para pago electrónico. (Enlace oficial: https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/descarga/rop para descargar la factura).
Pago en línea: A través de la plataforma unificada Pagos Bogotá de la Secretaría de Hacienda es posible pagar de forma segura el impuesto predial en línea. Este portal permite pagar con débito (PSE) desde cuentas bancarias y, según disponibilidad, con tarjeta de crédito. Para usarlo, se puede ingresar por la Oficina Virtual de Hacienda de Bogotá creando un usuario o con el botón de pagos sin registro. Allí se selecciona el impuesto predial, se ingresa el documento del contribuyente y el CHIP del predio, y se sigue el proceso de pago electrónico.
Pago presencial en bancos: Si se prefiere pagar físicamente, se puede acudir con la factura impresa a las entidades bancarias autorizadas en Bogotá. Entre los bancos que reciben el pago del predial se encuentran Bancolombia, Banco de Bogotá, Davivienda, BBVA, Banco AV Villas, Banco de Occidente, Banco Popular, GNB Sudameris, Itaú, Banco Caja Social, entre otros. También se puede pagar en sucursales del SuperCADE de la ciudad y en corresponsales bancarios o cajeros automáticos habilitados. Es importante llevar el recibo con el código de barras para que el pago sea procesado correctamente en ventanilla.
Aplicaciones móviles y otros medios: Bogotá cuenta con convenios para pago a través de portales bancarios y corresponsales. Por ejemplo, algunos bancos permiten pagar impuestos distritales desde sus aplicaciones o páginas web (canales electrónicos), lo cual también está autorizado. Asegúrese de usar únicamente canales oficiales o bancos autorizados para evitar fraudes.
Fechas de vencimiento y descuentos en Bogotá (2025)
En Bogotá, el calendario tributario establece fechas límite tanto para obtener descuento por pronto pago como para pagar sin recargos adicionales. Para la vigencia 2025, las fechas son las siguientes:
Descuento por pronto pago – 10%: Hasta el 25 de abril de 2025 se puede pagar el impuesto predial con un 10% de descuento sobre el valor liquidado. Este beneficio aplica para los contribuyentes que cancelen la totalidad del impuesto antes de esa fecha. Es importante señalar que usualmente se exige estar al día por vigencias anteriores (no tener deudas de años previos) para acceder al descuento, según políticas distritales. Cumpliendo con el pago anticipado, el contribuyente obtiene un ahorro significativo.
Fecha límite sin descuento: Pasada la fecha de pronto pago, sin este beneficio la fecha límite de pago será el 11 de julio de 2025. Hasta ese día se podrá pagar el predial del 2025 en Bogotá sin incurrir en sanciones ni intereses de mora. Después del 11 de julio, cualquier pago será extemporáneo y generará intereses moratorios diarios y posibles multas.
Pago en cuotas (SPAC): Bogotá ofrece la opción del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) para quienes deseen diferir el pago en 4 cuotas iguales a lo largo del año. No se cobra interés por diferir el pago bajo este sistema, pero al optar por cuotas se renuncia al 10% de descuento por pronto pago. Para acogerse al SPAC en 2025, el contribuyente debía presentar la declaración inicial del impuesto e inscribirse a más tardar el 9 de mayo de 2025 mediante la Oficina Virtual de Hacienda. Los plazos para pagar cada cuota en Bogotá 2025 fueron: 1ª cuota el 6 de junio, 2ª el 8 de agosto, 3ª el 3 de octubre y 4ª el 5 de diciembre de 2025. Cada cuota requiere descargar un "cupón" o recibo de pago correspondiente desde la plataforma virtual. Nota: Si se incumple alguna cuota del SPAC, la facilidad se puede revocar y aplicar intereses sobre el saldo.
¿Prórrogas o cambios en el calendario? Las fechas anteriores son las oficiales establecidas para 2025. Sin embargo, en ocasiones la administración distrital ha realizado prórrogas o ajustes al calendario tributario. Por ejemplo, en la vigencia 2023 se extendió el plazo con descuento hasta mayo debido a cambios en el cronograma. Es importante estar atento a comunicaciones oficiales de la Alcaldía o Secretaría de Hacienda por si anuncian nuevos plazos o descuentos adicionales extraordinarios. En 2025, a corte de marzo, las fechas se mantienen sin modificaciones.
Consecuencias por no pagar el predial a tiempo
No cumplir oportunamente con el pago del impuesto predial acarrea consecuencias financieras y legales para el contribuyente moroso:
Intereses de mora: Desde el día siguiente al vencimiento, el valor pendiente empieza a generar intereses moratorios diarios. Estos intereses se calculan con base en la tasa definida por la ley (indexada a la tasa de usura o interés bancario corriente). Por ejemplo, en Bogotá además se contempla una sanción por extemporaneidad equivalente al 1.5% del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso, hasta un tope del 100% del impuesto adeudado. Es decir, un retraso prolongado puede prácticamente duplicar la deuda por efecto de intereses y sanciones.
Multas y reporte como deudor: Si la mora se extiende, la Secretaría de Hacienda reportará al contribuyente en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), una lista nacional de quienes deben impuestos. Según la normatividad, quien adeude impuestos por más de 6 meses y por un valor superior a cinco salarios mínimos legales vigentes será incluido en este boletín. Aparecer en esta lista puede afectar la capacidad crediticia y relaciones con el Estado.
Cobro coactivo y embargos: Las autoridades fiscales (la Secretaría de Hacienda del distrito o DIAN, según el caso) pueden iniciar un proceso de cobro coactivo contra los deudores. Este proceso permite tomar medidas como embargar cuentas bancarias, salarios o bienes inmuebles del contribuyente moroso para asegurar el pago de la deuda. En casos extremos, si la deuda persiste, la entidad puede llevar a remate (subasta) el inmueble con deuda para recuperar el monto adeudado. Adicionalmente, no pagar también implica que no se puede vender o traspasar el inmueble sin ponerse al día, ya que se exige paz y salvo de impuestos en cualquier trámite de transferencia de propiedad.
En resumen, la morosidad en el predial resulta costosa. Es fundamental pagar antes de la fecha límite o buscar acuerdos de pago con la autoridad tributaria para evitar intereses elevados, sanciones y acciones legales que incluso pongan en riesgo la propiedad.
Comparativa: Impuesto Predial en Medellín, Cali y Barranquilla
Aunque el impuesto predial existe en todos los municipios de Colombia, cada ciudad tiene su propio calendario, descuentos y facilidades de pago. A continuación, se presentan las principales características en Medellín, Cali y Barranquilla, comparándolas con Bogotá:
Medellín
Calendario de pago: En Medellín el pago del predial se realiza típicamente en cuatro cuotas trimestrales a lo largo del año. La Alcaldía fija diferentes plazos según la zona o comuna de la ciudad (códigos sectoriales), para escalonar los pagos. Por ejemplo, en 2025 a algunos sectores como El Poblado les correspondió pagar la primera cuota antes del 13 de febrero, segunda antes del 30 de abril, tercera antes del 31 de julio y cuarta antes del 31 de octubre. Otros barrios tuvieron fechas ligeramente distintas, pero en general son vencimientos trimestrales sin recargo, con un plazo adicional para pagar con recargo (interés) unos días o semanas después de cada fecha. Para la mayoría de contribuyentes en 2025, las fechas límite sin recargo fueron alrededor del 27 de marzo, 28 de mayo, 29 de agosto y 1 de diciembre (correspondientes a las 4 cuotas). Después de cada uno de esos cortes se aplicaba interés o recargo si se pagaba en la fecha posterior indicada.
Descuento por pago anual: Medellín ofrece un descuento del 5% a quienes paguen todo el año completo en una sola cuota antes de la fecha de la primera cuota. En 2025, ese plazo fue hasta el 27 de marzo de 2025 para acceder al 5% de descuento en el valor total anual, siempre que el contribuyente no tuviera deudas previas (estar al día con vigencias anteriores). Quien no aproveche este descuento simplemente paga cada trimestre el valor de la cuota sin reducción.
Formas de pago: Los métodos para pagar en Medellín son similares a los de Bogotá. Se puede pagar en línea entrando al portal de la Alcaldía (medellin.gov.co) y usando el botón de pagos para impuestos. El pago en línea admite PSE (débito) y también tarjeta de crédito. Para pago presencial, Medellín dispone de las taquillas de Tesorería Municipal en La Alpujarra (sede de la alcaldía) y de una amplia red de bancos autorizados. Entre los bancos autorizados en Medellín están Bancolombia, Banco de Occidente, Davivienda, Banco de Bogotá, Banco AV Villas, BBVA, Scotiabank Colpatria, Banco GNB Sudameris, además de cooperativas financieras locales (Confiar, Cotrafa, CFA, etc.). En general, Medellín facilita el pago en cuotas trimestrales por defecto, de modo que no requiere inscribirse a un plan especial como el SPAC de Bogotá, sino que envía o publica las facturas fraccionadas. Si un contribuyente no paga alguna de las cuotas, se le generarán intereses por mora sobre esa porción y eventualmente cobro persuasivo o coactivo similar a lo descrito para Bogotá.
Cali
Calendario de pago: Santiago de Cali maneja un esquema distinto: un único pago anual, con una larga ventana para pagar sin interés, y un descuento generoso por pronto pago. Para 2025 en Cali, la Alcaldía estableció que los contribuyentes que estén al día obtengan un 15% de descuento pagando la totalidad del impuesto antes del 30 de abril de 2025. Es uno de los descuentos más altos entre las grandes ciudades. Quienes no alcancen a pagar en abril pueden pagar sin intereses hasta la fecha límite ordinaria, que fue el 30 de septiembre de 2025 (ya sin ningún descuento). Es decir, Cali no fracciona en cuotas predeterminadas durante el año, pero otorga hasta nueve meses de plazo para pagar antes de empezar a cobrar mora. Después del 30 de septiembre, a partir del 1 de octubre 2025 se causan intereses de mora sobre el saldo pendiente. Cabe anotar que en Cali no hay un sistema de cuotas voluntarias sin interés como Bogotá; el contribuyente puede, sin embargo, hacer abonos parciales en el transcurso del año si lo desea, siempre que el total esté pagado antes de finalizar septiembre para evitar intereses.
Descuentos y condiciones: El 15% de descuento aplica únicamente pagando todo el año en una sola exhibición antes de la fecha indicada y para quienes no sean morosos de años anteriores (contribuyentes no morosos). No existen descuentos del 5% u otros porcentajes escalonados después de abril; pasada esa fecha simplemente se paga el 100% del impuesto hasta septiembre. Cali ha implementado este descuento alto para incentivar la cultura de pago temprano.
Formas de pago: Cali ofrece canales presenciales y electrónicos. Se puede pagar en los bancos autorizados que tengan convenio con la Tesorería municipal, incluyendo Banco de Bogotá, AV Villas, Popular, Occidente, Davivienda, GNB Sudameris, Itaú, Bancoomeva, BBVA, entre otros. Adicionalmente, Cali tiene una red amplia de corresponsales no bancarios: todos los puntos Gane y Efecty de la ciudad están habilitados para recaudar el impuesto predial, lo cual brinda muchas opciones cercanas a los barrios para pagar en efectivo. En cuanto a pago en línea, se puede utilizar la página web oficial (cali.gov.co) donde hay opción de pago PSE. Cali incluso cuenta con la aplicación móvil “Impuestos Cali” para smartphones, desde la cual se puede generar la factura y pagar electrónicamente. Esto agiliza el proceso para los contribuyentes que manejan medios digitales. En resumen, Cali no divide el cobro en cuotas durante el año, pero sí da un periodo amplio sin intereses, recompensando el pago antes de abril con un 15% de descuento.
Barranquilla
Calendario de pago: Barranquilla maneja tres hitos principales en el año para el predial. Según la Resolución de calendario tributario 2025, el plazo máximo para pagar el impuesto predial sin sanciones fue el 27 de junio de 2025. Sin embargo, para incentivar el pronto pago, Barranquilla ofrece dos períodos de descuento escalonados:
Un 10% de descuento si se paga antes del 31 de marzo de 2025.
Un 5% de descuento si se paga después de marzo pero antes del 30 de mayo de 2025.
Pasado el 30 (31) de mayo, ya no hay descuento y el valor completo puede pagarse hasta el 27 de junio (fecha final). A partir del 1 de julio de 2025 se empiezan a generar intereses moratorios sobre lo no pagado. Es decir, Barranquilla no implementó cuotas trimestrales ni semestrales; el contribuyente puede pagar en cualquier momento hasta junio, pero con esos incentivos por pagar en los primeros meses. También existe en Barranquilla un beneficio adicional del 2% de descuento por adoptar el pago por débito automático (domiciliación bancaria) del impuesto, según el decreto distrital, lo cual se suma a los descuentos de pronto pago si el contribuyente autoriza cargar el pago directamente a su cuenta.
Facilidades y diferencias: A diferencia de Bogotá y Medellín, Barranquilla no maneja un sistema de cuotas sin interés; se espera el pago en una sola exhibición (aunque el contribuyente podría hacer varios abonos manuales, no hay un programa formal de cuotas). Los descuentos de 10% y 5% están condicionados a pagar la totalidad del impuesto de la vigencia en las fechas dadas. Si alguien paga parcialmente antes de esas fechas, probablemente el descuento solo se aplicará si completa el 100% antes del corte (de lo contrario perdería el beneficio). Siempre es recomendable verificar la liquidación final en la factura.
Formas de pago: Barranquilla pone a disposición la consulta y pago en línea a través de su página web. En el portal de Impuestos Distritales de la Alcaldía, el contribuyente puede liquidar o descargar su impuesto predial ingresando la referencia catastral o dirección del predio, y luego puede pagar en línea mediante PSE o con tarjeta de crédito desde el mismo sitio web. Para pago presencial, también se cuenta con muchos bancos recaudadores autorizados a nivel nacional. Entre los bancos que reciben el predial de Barranquilla están: Banco de Bogotá, Davivienda, BBVA, Popular, GNB Sudameris, Banco de Occidente, AV Villas, Bancolombia, Banco Agrario, Itaú, Banco Helm y Colpatria (estos dos últimos ahora integrados como Itaú y Scotiabank Colpatria). Es decir, prácticamente cualquier banco principal en Colombia puede recibir el pago, lo que facilita a los barranquilleros dentro y fuera de la ciudad cumplir con la obligación. La ciudad también tiene puntos de atención de la Gerencia de Gestión de Ingresos donde orientar sobre pagos, pero el método más práctico es usar los bancos o el portal online.
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